La paz y la convivencia es fundamental para el buen funcionamiento de cualquier comunidad y en este sentido, una de las figuras más interesantes es la del Juez de Paz, nacida en Inglaterra y Gales en el siglo XVI y luego extendida a gran parte del mundo occidental.
Como seguro habrás experimentado, a nivel local se presentan pequeños conflictos que alteran la paz y que tal vez pueden ser resueltos mediante el diálogo y la conciliación. Aquí entra la figura del Juez de Paz, un órgano jurisdiccional que ha sido establecida en algunos países como una forma de canalizar esos conflictos, sin que tengan que entrar en los circuitos jurídicos de mayor alzada. Los jueces de paz, en su concepción original, no tienen que ser letrados, es decir no requieren poseer un título de abogado o versado en leyes, son lo que se llama legos.
Sin embargo, hoy en día algunas legislaciones nacionales o regionales exigen la condición de letrado para ejercer como Juez de Paz. En términos generales, basta con ser una persona de reconocida solvencia moral, ecuánime, conciliadora y con cierta cultura mínima, que sepa dialogar y hacer entenderse y llegar a acuerdos a las partes en conflicto. El Juez de Paz, si bien sin duda tiene que moverse en el marco del ordenamiento jurídico vigente en su país, se apoya sobre todo en el derecho consuetudinario, es decir en los usos y costumbres establecidos de la comunidad donde actúa.
Si eres una persona con estas características básicas y te apasiona la idea de ayudar a tu comunidad, solventando conflictos, tal vez esta es la ocupación que te conviene. Claro está que cada país tiene sus particularidades sociales, políticas y jurídicas, así que a partir de esos criterios generales, se establecen particularidades. Veamos entonces algunos casos nacionales en cuanto a los requisitos que exigen para ejercer el cargo de Juez de Paz.
Requisitos para ser juez de paz en España

En España los jueces de paz son órganos judiciales unipersonales, es decir, el juzgado consiste en una única persona con jurisdicción a nivel municipal. Solo existen en aquellos municipios donde no se cuenta con un juzgado de primera instancia e instrucción. Los jueces de paz ejercen funciones incluso de registro civil.
Estos funcionarios son electos por mayoría absoluta de la sala plena del ayuntamiento correspondiente y luego la sala de gobierno del Tribunal Superior de Justicia les otorga el nombramiento. Estando entre las leyes y reglamentos que establecen requisitos y otros aspectos para el ejercicio del cargo de Juez de Paz en este país, la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, así como también el Reglamento 3/1995 de los Jueces de paz. Siendo los requisitos generales solicitados los siguientes:
– Poseer la nacionalidad española.
– Ser mayor de edad, la cual corresponde a los 18 años en España.
– No se requiere ser licenciado/a en derecho. De hecho, generalmente el cargo es ejercido por legos.
– No estar incurso en ninguna de las causas que establece la ley española que incapaciten o sean incompatibles para el ejercicio de la función judicial. Tales como, estar condenado por algún delito doloso o no estar en pleno derecho de tus derechos civiles. Sin embargo, de estas causas que si aplican para otros cargos de la función judicial, se excluye la prohibición de ejercer actividades mercantiles o profesionales.
– No puedes pertenecer a ningún partido político o a alguna organización sindical mientras estés ejerciendo el cargo.
– Ser residente en la localidad donde ejercerá el cago de juez de Paz. Aunque en algunos casos, como en Euskadi, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco puede autorizar su residencia en sitio diferente si existiera justa causa.
– En términos generales no es privativa la edad de jubilación, ya que el cargo no establece obligación administrativa, pero si se debe acreditar que no sufras algún impedimento psíquico o físico que afecte el ejercicio de tus funciones.
Requisitos para ser juez de paz en Estados Unidos
Ten en cuenta que Estados Unidos es un estado federal de pleno ejercicio, así que además de las leyes federales, los estados de la Unión pueden variar significativamente sus leyes específicas, así como su estructura jurídica. Por ejemplo, en el Estado de Nueva York, solo hay juzgados de Paz y Cortes de ciudad, los condados de la parte norte, fuera de la Ciudad de New York y Long Island. Por otra parte, en los Estados Unidos los juzgados de Paz son entidades más complejas, que incluso tienen ramas o cortes inferiores especializadas.
Por ejemplo, la Housing Court o corte de vivienda, se especializa en conocer casos de conflictos entre arrendador y arrendatario, o la Small Claims Court o corte de Pequeños Reclamos, atiende pequeñas demandas con montos límite establecidos. En este último caso, los jueces de paz o de los tribunales municipales o de la ciudad presiden directamente sobre la sala de pequeños reclamos. En algunos estados el juez de Paz puede incluso realizar matrimonios civiles.
Para ser juez en una de estas cortes, dependientes del juzgado de Paz, en el caso del estado de Nueva York, basta acreditar haber ejercido por un período de al menos 5 años la profesión de abogado. En tanto que en Arizona, los jueces de Paz no deben ser necesariamente abogados, basta con que completen un curso en el Colegio Judicial de Arizona y son electos por elecciones partidistas. Mientras que los condados de Florida fueron aboliendo la figura de Jueces de Paz en los años de la primera mitad del siglo XX.
En el estado de Maine, las funciones que antes correspondían a este cargo se trasladaron al de Notario Público; la transferencia concluyó en 1988. Sin embargo, por un asunto constitucional, lo que antes era la oficina de Justicia de Quejas, pasó a denominarse Justicia de Paz. En este caso se requiere ser abogado o funcionario de la corte, y es seleccionado por el Juez Jefe de una Corte de Distrito. Por el contrario, en Luisiana se llegó a elegir por votación popular, a una mujer de 19 años como Juez de Paz, a solo dos años de haberse graduado en la escuela secundaria.
Requisitos para ser juez de paz en Argentina

La figura de Juez de Paz ha surgido y desaparecido en varios períodos de la historia de Argentina. Actualmente, la Justicia de Paz es una institución judicial con rango constitucional en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires de 1994. Estos Juzgados de Paz se establecen en todos los partidos de la provincia, exceptuando los que son cabecera de departamento judicial. Estos se encargan de atender faltas provinciales, civiles y comerciales, causas de menor cuantía y problemas vecinales, incluida la violencia familiar.
Es el Poder Ejecutivo, a partir de una terna propuesta por el Consejo de la Magistratura, quien designa a los jueces de paz, contando con el acuerdo del Senado en sesión pública. Los requisitos solicitados para optar al cargo son:
– Ser ciudadano argentino.
– Tener al menos seis años de ciudadanía en ejercicio y veinticinco años de edad.
– Estar residiendo al menos por dos años previos en la localidad donde pretendes ejercer la función.
– Mantener buena conducta. De hecho, el cargo lo conservarás mientras dure lo que se considera buena conducta.
– Se tomará en consideración tu solvencia moral e idoneidad, así como el respeto que hayas manifestado por las instituciones democráticas y los derechos humanos.
– Debe ser licenciado en Derecho y tener al menos tres años de práctica en la profesión de abogado.
Requisitos para ser juez de paz en Colombia
La constitución de la República de Colombia, promulgada en 1991, permite que los ciudadanos colombianos, a partir de cumplir ciertos requisitos, pueden ejercer funciones de administración de justicia, sin ser abogado titulado. En este contexto se ubica el cargo de Juez de Paz, el cual es elegido por los miembros de una comunidad determinada. El 10 de febrero de 1999 se promulgó la Ley 497, mediante la que se creó esta figura jurídica, reglamentando su forma de organización y su funcionamiento.
El procedimiento de elección consiste en que el Concejo Municipal convoca a la elección. Definiendo previamente la circunscripción electoral que corresponda para elegir lo que se denomina Juez de Paz y de reconsideración. Seguidamente, las organizaciones comunitarias o grupos organizados de vecinos postulan a los candidatos ante el Personero Municipal. Estas organizaciones deben estar inscritas en la circunscripción electoral determinada. Dichos candidatos deben cumplir con los siguientes requisitos:
– Tener la ciudadanía colombiana.
– Ser mayor de edad, lo que en este país corresponde a los 18 años cumplidos.
– Gozar del ejercicio pleno de tus derechos civiles y políticos.
– Haber residido en la comunidad donde se ejercerá el cargo por al menos un año antes de la elección.
– Ser líder comunitario con trayectoria y reconocimiento en esa localidad.
– No se requiere tener título profesional alguno, ni ser abogado o tener algún conocimiento en derecho. Eso sí, se aspira que conozcas los principios y valores de la comunidad donde aspiras administrar justicia de paz.
– De igual forma, conocer los usos y costumbres comunitarios, así como la historia del grupo social en el que ejercerás tu actividad.
– No debes estar en ejercicio de proselitismo político alguno. En el caso colombiano especifican no realizar actividades de proselitismo político o armado.
– No debes padecer ninguna afección mental o física, así como algún trastorno grave de conducta, que afecten tu capacidad para el debido desempeño del cargo.
– Una vez electo, cumplir con el Programa General de Formación de Jueces de Paz y de reconsideración que le corresponde organizar y llevar a cabo el Concejo Superior de la Judicatura.
Requisitos para ser juez de paz en Guatemala

En Guatemala existen los llamados juzgados de Paz o juzgados menores, existiendo diversas variantes, tales como Juzgados de Paz Penal, Juzgados de Paz de Falta de Turno, Juzgados de Paz Civil, Juzgados de Paz de Móviles, Juzgados de Paz Mixtos y Juzgados de Paz Comunitarios. Para Juez de Paz, se accede por concurso abierto por el Consejo de la Carrera Judicial del Organismo Judicial y los requisitos solicitados para acceder al concurso son los siguientes:
– Debes ser guatemalteco de origen, de reconocida honorabilidad y mayor de edad.
– Estar en ejercicio de tus derechos ciudadanos, presentando la constancia respectiva.
– Ser abogado colegiado activo. Aunque no es necesario, se puede cursar estudios para obtener una especialización mediante el Certificado en Derecho Público y Judicatura para Jueces de Paz
– No debes haber sido sujeto a sanción alguna por parte del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala.
– No haber sido objeto de sanciones administrativas de ningún tipo en los organismos donde hayas laborado.
– No estar inscrito como directivo, mandatario o representante legal de alguna organización política.
– No estar afiliado a partido político.
– No tener cargo directivo en sindicatos.
– No ser ministro de alguna religión.
– De preferencia hablar algún idioma maya.
– Es necesario contar con algún tipo de acreditación de tu capacidad, idoneidad y honradez. Esto de acuerdo al artículo 113 de la Constitución de Guatemala.
Luego, de acuerdo a las leyes de carrera administrativa de este país, hay dos vías para participar en el concurso, bien sea concurso interno, cuando ya eres funcionario del Órgano Judicial, o concurso externo. Si vas a optar al concurso interno, se agrega como requisito tener al menos dos años de colegiatura activa y dos años ininterrumpidos en el Órgano Judicial.
Mientras que si optarás al concurso externo, debes tener al menos 4 años de colegiatura activa. Deberás consignar constancia de colegiatura, constancia de antecedentes penales, constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos emitida por la Contraloría General de Cuentas.
En tanto que para el cargo de Juez de Paz Comunitario, de acuerdo al ACUERDO NÚMERO 1-2016 mediante el cual la corte suprema de justicia estableció el Reglamento de Ingreso al Puesto de Juez de Paz Comunitario, los jueces deben ser designados por la Corte Suprema de Justicia en una Asamblea General de la comunidad. En dicho reglamento se establece como requisitos para ser Juez de Paz Comunitario:
– Ser mayor de edad.
– De reconocida honorabilidad.
– Arraigo en el lugar.
– Ser capaz de comunicarte en el idioma predominante de la región, además de en español.
– No haber incurrido en faltas o delitos.
– Tener tu Documento Personal de Identificación en regla.
– Entregar la Constancia de Antecedentes Penales y Policíacos.





